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Ley de los Contratos de Factoraje y de Descuento

Inicio » Blog » Derecho Mercantil » Ley de los Contratos de Factoraje y de Descuento

  • abril 10, 2025

La Ley de los Contratos de Factoraje y de Descuento regula las operaciones mediante las cuales se ceden derechos de crédito a cambio de beneficios económicos, estableciendo derechos, obligaciones y formalidades entre las partes involucradas.

De carácter positivo

Porque se aplica de forma supletoria a la voluntad de las partes, es decir, prevalece lo establecido en los contratos a lo regulado en la ley. (Art. 1, Decreto Número 1-2018).

Contrato de Descuento

Contrato en virtud del cual una persona denominada descontatario cede a favor de otra denominada descontador un derecho de crédito de vencimiento futuro, a cambio de un monto acordado previamente entre ellos. (Art. 2, Literal E Decreto Número 1-2018).

Sujetos del Contrato de Descuento (Elemento Subjetivo)

  • Descontador o Cesionario: es la persona a favor de quien se cede el derecho de crédito objeto de descuento. El descontador entrega al descontatario, a cambio del derecho de crédito, una cantidad previamente acordada.
  • Descontatario, Vendedor o Cedente: Es la persona que, en virtud del contrato de factoraje o descuento, cede a favor del descontador tal derecho de crédito, a cambio de una cantidad previamente acordada. (Art. 2, Literal A) y B) Decreto Número 1-2018).

Contrato de Factoraje

Contrato en virtud del cual una persona denominada vendedor o cedente cede a favor de un factor, total o parcialmente uno o varios derechos de crédito para que este realice una o varias de las siguientes funciones:

  • Anticipar recursos del derecho de crédito.
  • Recibir los derechos de crédito en calidad de descuento.
  • Administrar la cartera de derechos de crédito.
  • El factor se encarga del cobro al deudor del crédito. (Art. 2, Literal F) Decreto Número 1-2018).

Sujetos del Contrato de Factoraje (Elemento Subjetivo)

  • Factor:
    Es la persona física, jurídica o patrimonio autónomo a favor de quien el vendedor o cedente cede un derecho de crédito en virtud de un contrato de factoraje.

  • Vendedor o Cedente:
    Es la persona que cede el derecho de crédito a favor del factor.
    (Art. 2, Literal D) Decreto Número 1-2018).

Diferencias entre el Contrato de Descuento y el Contrato de Factoraje

DESCUENTOFACTORAJE

Los sujetos son:


1. Descontador
2. Descontatario

Los sujetos son:


1. Vendedor o cedente
2. Factor

El descontador adquiere el derecho de hacer efectivo el crédito cedido a cambio de una remuneración

El factor queda facultado para ejercer cualquiera de los siguientes derechos:

  • Anticipe recursos del derecho de crédito
  • Recibe los derechos de crédito en calidad de descuento
  • Administre la cartera de derechos de crédito
  • El factor se encarga del cobro al deudor del crédito

 

FUENTE: Tomo II de Derecho Mercantil, Página 302. Segunda Edición, agosto 2023 por Corporación Proyecta Integral, S.A. y la Academia de Formación Para Futuros Abogados y Notarios (AFFAN).

 

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