La fijación de una pensión alimenticia mediante escritura pública es un procedimiento crucial que permite garantizar los derechos de los menores y establecer acuerdos legales entre las partes de forma ágil y segura. Este instrumento notarial no solo facilita el cumplimiento de las obligaciones alimenticias, sino que también otorga un respaldo jurídico en caso de incumplimiento.
¿Cuáles son las obligaciones previas para fijar una pensión alimenticia en escritura pública?
- Pactar los honorarios.
- Identificar a los comparecientes.
- Establecer los acuerdos sobre la pensión alimenticia.
- Presentar la certificación de partidas de nacimiento de los menores de edad y, en su caso, del matrimonio.
AFFAN: Te dejamos la estructura de este instrumento público para facilitar tu estudio:
Primera: Los padres manifiestan que procrearon a los menores
Los padres enumeran a los hijos procreados y se hace constar que los datos de los menores figuran en la comparecencia.Segunda: De la pensión alimenticia
Se menciona la cantidad que se otorgará en concepto de pensión alimenticia, así como la forma y el plazo en que se realizará el pago.Tercera: Incumplimiento y título ejecutivo
Se establece que, en caso de incumplimiento, el testimonio de la escritura será considerado como título ejecutivo y que se renuncia al fuero del domicilio de las partes.Cuarta: Aceptación por los otorgantes
Se deja constancia de la aceptación de los acuerdos por parte de los otorgantes.
¿Cuáles son las obligaciones posteriores a la firma de la escritura pública?
- Remitir un testimonio especial al Archivo General de Protocolos.
- Extender un testimonio a las partes involucradas.
FUENTE: Prontuario Derecho Notarial, Paginas. 100, 101 y 102, Segunda Edición 2022 por Corporación Proyecta Integral, S.A. y la Academia de Formación Para Futuros Abogados y Notarios (AFFAN).